Las autorizaciones que usted genere debe tener pedido medico con los siguientes datos:

  • Fecha actualizada
  • Firma  y sello del medico tratante.

En el caso de traslados a otras instituciones, el afiliado debe presentar un pedido medico a la obra social, el cual debe indicar lugar a realizarse el estudio, datos del afiliado o requerimiento del médico tratante.

Se dará cobertura con el PMI (Plan Materno Infantil) a la mama durante el embarazo y el parto a partir del momento del diagnóstico y hasta el primer mes después de haberse producido el nacimiento.

En el caso del recién nacido: cuenta con cobertura del PMI hasta cumplir un año de edad. Cuenta con cobertura del 100% en internación, prácticas de diagnóstico en ambulatorio, quedan exceptuado del pago de todo tipo de coseguros para la atención.

Tendrán la cobertura del 100% en medicación requerida durante el primer año de vida siempre que ésta figure en el listado de medicamentos esenciales. Las coberturas de Las leches maternizadas serán cubiertas bajo exclusiva prescripción médica, teniendo en cuenta el diagnóstico del niño/a.

Cuenta con Odontología preventiva: campos de prevención, fluoración y campañas de educación para la salud bucal de la futura mama.

La mujer también tiene cobertura en los Programas de Prevención de Cánceres Femeninos: en especial el cáncer de mama y cuello uterino, prácticas de diagnóstico y tratamiento de todas las afecciones malignas. Siempre con la cobertura de las medicaciones que figuren en los protocolos del Programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención Médica.

Formulario empadronamiento plan materno infantil

  1. El afiliado debe retirar el formulario en las seccionales o descargar el mismo.
  2. Debe ser completado con letra legible o preferentemente debe llenarlo una secretaria de la seccional.
  3. Debe adjuntar pedido médico, en R/P
  4. CBU actualizado del titular de la obra social.
  5. Factura debe ser dirigida a nombre del afiliado que fue atendido. La factura debe ser (b o c).
  6. Toda esta documentación debe ser entregada a la seccional mas cercana.

Para consultas especificas sobre este trámite puede contactarse a el siguiente mail
administracion@generarsalud.com.ar

En principio deberías negarte a pagar, ya que es un acto ilícito que consiste en el pago de una suma de dinero adicional a la pactada con el médico al momento de firmar el Convenio de Prestación. Si te lo exigen, deberías solicitar un comprobante fiscal.

En este caso el afiliado debe presentara a la obra social planilla de derivación completado por el médico tratante. La misma será enviada en forma urgente a la auditoria, para que se contacte con el médico que lo recibirá en destino.

La auditoría medica se encargará de:

  • Gestionar pasajes del traslado, terrestre o aéreo dependiendo de la patología del afiliado.
  • Alojamiento asignado por la obra social.
  • Emisión de cupones para la atención médica para ser entregados en el centro de
    mayor complejidad. El afiliado debe asegurarse que el médico tratante le complete la planilla (de atención medica) donde constara el alta médica que pueda volver a la ciudad de origen)

Las prácticas que no requieren autorización y pueden realizarse de forma espontánea son las que se detallan:
  • Radiografía (excepto la RX panorámica)
  • Electrocardiograma (E.C.G)
  • PAP
  • Colposcopia