Información general sobre discapacidad

Se considera discapacitada a toda persona que padezca una alteración funcional permanente o prolongada, física o mental, que en relación a su edad y medio social implique desventajas considerables para su integración familiar, social, educacional o laboral La legislación nacional ha instruido un sistema de protección integral de las personas discapacitadas, tendiente a asegurar a éstas su atención médica, educación y seguridad social, así como a concederles las franquicias y estímulos que permitan en lo posible neutralizar la desventaja que la discapacidad les provoca y les den oportunidad, mediante su esfuerzo, de desempeñar en la comunidad un rol equivalente al que ejercen cualquier persona.

¿Qué es el CUD?
El CUD es un documento que certifica la discapacidad de la persona y le permite acceder a derechos y prestaciones que brinda el Estado. El CUD es un documento público válido en todo el país que permite ejercer los derechos y acceder a las prestaciones previstas en las leyes nacionales 22431 y 24901.

¿Quién lo otorga?
La evolución es realizada por la Junta Evaluadora Interdisciplinaria Provincial que determina si corresponde la emisión del CUD.  La Secretaría de Estado de Salud Pública de cada Provincia corresponde la emisión del CUD.  La Secretaría de Estado de Salud Pública de cada Provincia certificará en cada caso la existencia de la discapacidad, su naturaleza y su grado, así como las posibilidades de rehabilitación del afectado. Dicha Secretaría de Estado indicará también, teniendo en cuenta la personalidad y los antecedentes del afectado, qué tipo de actividad laboral o profesional puede desempeñar.

Su tramitación es voluntaria y gratuita a través de la página de superintendencia

¿Dónde presento el certificado de discapacidad (CUD)?

El afiliado deberá presentar en la seccional de la Obra Social que le corresponda por cercanía o que le fuera asignada el certificado de discapacidad (CUD) o en el caso de no tener una seccional asignada enviarlo por email al siguiente correo : administracion@generarsalud.com.ar

¿Qué cobertura brinda Generar Salud a los afiliados con discapacidad?
Toda persona con CUD acreditará plenamente la discapacidad quien deberá ser empadronada a fin de recibir posteriormente las prestaciones que corresponden, las cuales se brindarán al 100% según la patología declarada en el certificado.

La obra Social dará cobertura de medicamentos que sean inherentes a la patología específica, con cobertura al 100%.


¿Qué Derechos se establecen por ley?
La Ley N° 24.901 instituye un sistema de prestaciones básicas de atención integral a favor de las personas con discapacidad, contemplando acciones de prevención, asistencia, promoción y protección, con el objeto de brindarles una cobertura integral a sus necesidades y requerimientos.

  • Salud: cobertura del 100% en las prestaciones de rehabilitación (medicamentos,
    equipamiento, tratamientos de rehabilitación) que requiera en relación a lo que fue certificado
    como discapacidad.
  • Transporte: Traslados gratuitos en el transporte público terrestre.
  • Asignaciones familiares: Ayuda escolar anual por hijo con discapacidad, asignación por
    cónyuge con discapacidad.
  • Extensión de pago de peajes, impuestos: En estos casos la extensión debe solicitarse ante la autoridad de aplicación de cada normativa. Símbolo internacional de acceso: libre estacionamiento, en los lugares permitidos independientemente del vehículo en el que te traslades.

¿Cómo solicito una prestación de rehabilitación?
A los fines de brindar a sus afiliados todo tipo de prestaciones de rehabilitación solicitada por médico tratante Generar Salud posee un instructivo donde el afiliado podrá encontrar aquí la documentación que deberá presentar todo el procedimiento para solicitar toda prestación de apoyo y rehabilitación de las personas que se encuentren previamente empadronadas como discapacitado en el padrón de la Obra Social.

Todos los profesionales de la salud que presten servicios a las personas con discapacidad deberán realizarlo con la misma calidad que a las demás personas sobre la base de un consentimiento libre e informado.

Las Prestaciones para afiliados con CUD no se prodran gestionar vía reintegro.